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*2024* Nueva evaluación de riesgos para operaciones fitosanitarias con UAS
- 3 de junio de 2024
- Publicado por: Formadron Escuela de Pilotos
- Categoría: Aesa Agricultura Sin categoría
Ahora es mucho mas sencillo realizar operaciones de fumigación con drones, abriendo un amplio ecosistema para el uso de estas aeronaves de forma mas sencilla.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ha publicado una evaluación de riesgos predefinida (en adelante PDRA) adaptada a labores de trabajos aéreos de fumigación y dispersión de productos agrícolas/forestales, con la denominación PDRA S01 [F].
La PDRA-S01[F] se ajusta a las operaciones fitosanitarias de la categoría específica en un escenario operacional con las siguientes características principales:
– Con una UA de hasta 3 m de dimensión de característica máxima.
– En VLOS (operación con visibilidad directa visual) del piloto a una distancia máxima de 500 m.
– Sobre una zona terrestre controlada en zonas escasamente pobladas.
– Por debajo de 30 m sobre el nivel del suelo (AGL), excepto cuando se esté cerca de obstáculos.
– En espacio aéreo controlado o no controlado, siempre que exista una baja probabilidad de encuentro con aeronaves tripuladas.
Esta PDRA es una evaluación de riegos realizada por AESA respecto a la cual ya se ha determinado una lista precisa de medidas de atenuación.
El proceso de elaboración de documentación por parte del operador y su posterior evaluación por AESA será muy ágil, dado que, junto con el formato de autorización operacional, el operador no tendrá que realizar y proporcionar una evaluación de riesgo propia, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/947, puesto que dicha evaluación ya ha sido realizada por la Agencia y sintetizada en la tabla de la PDRA-S01 [F].
Adicionalmente, AESA ha creado plantillas de la parte genérica del Manual de Operaciones, así como del Anexo del ConOps de la PDRA-S01 [F] conforme a los requisitos establecidos en el AMC1 UAS.SPEC.030(3)(e). Estas plantillas deben ser utilizadas por el operador añadiendo y cumplimentando los aspectos particulares requeridos (aeronaves, organigrama, datos de contacto, etc). Dichos documentos, correctamente cumplimentados, se ajustarán a los requisitos documentales exigidos por la normativa vigente. Las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps pueden ser descargadas en el siguiente enlace.
No será necesario que se adjunte en la solicitud de autorización el Manual de Operaciones y el ConOps de la PDRA-S01 [F], aunque el operador deberá disponer de estos documentos correctamente cumplimentados a fecha de presentación de la autorización, además de poner a disposición de la autoridad estos documentos siempre que así se requiera.
Si su operación se ajusta a esta PDRA-S01 [F], deberá de presentar una solicitud de autorización incluyendo la siguiente documentación:
– Tabla de la PDRA S01[F] cumplimentada y firmada por el responsable del operador, de cara a justificar mediante esta firma, las garantías que refieren a una declaración responsable.
– Declaración responsable PDRA-S01[F] de que se utilizará las plantillas del Manual de Operaciones y ConOps, disponible en la web de AESA (Material guía Manual de Operaciones).
– En caso de que se vayan a realizar vuelos en espacio aéreo controlado, la coordinación entre el operador y ATSP se iniciará una vez la solicitud de autorización sea admitida a trámite por parte de AESA. Por tanto, en este punto el operador de UAS adjuntará la plantilla específica de EARO (EARO_PDRA-S01_[F]) facilitada por el/los ATSP con los que tenga intención de coordinar cumplimentada únicamente con la información a facilitar por el operador de UAS.
Dicha solicitud de autorización, en caso de cumplir con los requisitos anteriores, se tramitará de una forma muy ágil debido a la elevada estandarización de la documentación.
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